Es oportuno destacar que, como consecuencia de las medidas cautelares dictadas oportunamente, no había sido posible aplicar en ambas provincias- en tiempo y forma – los distintos cuadros tarifarios aprobados por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), que efectivamente fueron instrumentados en toda la Argentina.
Como es de público conocimiento, la justicia revocó recientemente las referidas cautelares. Frente a dicho fallo, Camuzzi dará inicio al proceso de facturación de los períodos en curso, aplicando los cuadros tarifarios actualmente vigentes y disponibles para consultas en www.camuzzigas.com
En ese marco, los usuarios comenzarán a recibir progresivamente las facturas de gas en condiciones de normalidad tarifaria, tal como lo han venido haciendo el 99% de los usuarios de gas natural del país.
Sin perjuicio de ello, el fallo de la Cámara Federal de Apelaciones indicó que, en el caso de Santa Cruz, y para los usuarios residenciales de gas natural y gas licuado de petróleo indiluido por redes (GLP), las sumas que eventualmente hubieren sido facturadas en menos como consecuencia del dictado de la cautelar, no podrán ser incluidas por la Distribuidora en los próximos períodos a facturar, teniendo que diferirse su destino hasta el dictado de sentencia definitiva.
Para el caso de Tierra del Fuego, Camuzzi informará oportunamente a la población fueguina la metodología que se aplicará en este contexto, de acuerdo a la premisa fijada en el fallo respecto a que cualquier diferencia que se hubiera generado en la facturación no podrá ser inmediatamente incluida en el período siguiente facturado.
Camuzzi destaca el fallo de la Justicia, permitiendo que un sector estratégico para el desarrollo de la Argentina, pueda continuar su proceso de normalización.
Ante cualquier consulta, los usuarios podrán ingresar a la Oficina Virtual, comunicarse través del Chat Center disponible en www.camuzzigas.com.ar, en forma telefónica al 0810-555-3698 o bien, de forma presencial solicitando turno previo en la mencionada página web.