Mediante decreto N° 321/2021, el Gobierno de Santa Cruz dispuso la implementación de este Sistema y establece que “toda persona que ingrese a la Provincia de Santa Cruz deberá contar con un certificado de test de hisopado negativo a su ingreso; y en caso que el ingresante no lo posea se realizará el test rápido (antígeno) en los accesos donde se encuentre el viajero.
En el articulo 3°, indica que en los aeropuertos de la ciudad de El Calafate y Rio Gallegos se implementará un dispositivo con capacidad para realizar el hisopado con test rápido (antígeno) a las personas que ingresen a la provincia y no hayan realizado el mismo en la localidad de donde provienen con 48 horas de antelación.
Respecto a los accesos terrestres, se establecerá un dispositivo con capacidad para realizar el hisopado con test rápido (antígeno) a aquellas personas que ingresen al territorio y no hayan realizado el mismo en un plazo de 72 horas previas a su ingreso.
En todos los casos, las personas deberán aguardar los resultados para continuar hacia la localidad de destino y el costo de los test estará a cargo de los viajeros.
En cuanto a las personas no residentes que ingresen al territorio provincial deberán acreditar cobertura vigente de seguro de asistencia al viajero con cobertura de COVID-19.
Para aquellos trabajadores y trabajadoras que efectúen tareas y servicios esenciales y que por la dinámica de su actividad se movilice con frecuencia hacia la Provincia deberán acreditar el estricto cumplimiento de los protocolos bio-sanitarios pertinentes aprobados por el Ministerio de Salud y Ambiente, quedando exceptuados del seguro de asistencia al viajero con cobertura de COVID -19.
En tanto, las personas provenientes del exterior y que tengan como destino final alguna localidad de Santa Cruz deberán cumplimentar las exigencias y condiciones establecidas en la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, debiendo adoptarse los recaudos sanitarios pertinentes de aislamiento conforme las recomendaciones de la autoridad sanitaria nacional.
Finalmente, en el decreto provincial se establece la articulación entre los ministerios de Salud y Ambiente, de Producción, Comercio e Industria, de Seguridad y de Gobierno y los Centros Operativos de Emergencia Municipales y/o Locales para la aplicación de los operativos de control pertinentes de las medidas adoptadas