Lo hicieron las Provincias argentinas, en el marco de la 84° Asamblea del Consejo Federal de Medio Ambiente. Allí, por unanimidad, rechazaron el fallo del Juzgado Federal que suspendió la audiencia pública de las represas sobre el río Santa Cruz, el cual indicaron “lesiona la autonomía provincial”.
El Secretario de Estado de Ambiente, Mariano Bertinat, se encuentra participando de la 84° Asamblea del Consejo Federal de Ambiente, en Río Negro, junto a las autoridades de las distintas provincias argentinas y el Gobierno Nacional, marco en el que se analizó el fallo del Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo, respecto de la suspensión de la Audiencia Pública que iba a realizarse días atrás en Puerto Santa Cruz, en relación a la obra de aprovechamientos hidroeléctricos Néstor Kirchner – Jorge Cepernic.
Allí, por unanimidad, se manifestó el acompañamiento a Santa Cruz al rechazar dicho fallo, “por entender que el mismo lesiona la autonomía provincial”, señala la Resolución dictada hoy, como así también considerar que “afrenta los mecanismos de participación ciudadana, materializando en sí misma un caso de potencial gravedad institucional”.
Al igual que los argumentos esgrimidos por el Secretario de Ambiente en oportunidad de suspender la Audiencia Pública el pasado 10 de mayo, el COFEMA, cita la reforma constitucional de 1994 al sostener en su fundamentación que “la competencia ambiental a la órbita federal fue delegada sólo en lo referido a presupuestos mínimos; en todo lo demás, las provincias conservaron atribuciones para complementar y extender el resguardo ambiental, entre ellas, los estudios de impacto ambiental”, como así también que “si bien existen necesidades y problemas comunes a todo el país, cada provincia requiere protección y soluciones específicas propias. Por ello, dentro de cada jurisdicción local, las responsabilidades de las provincias son primarias y fundamentales para ampliar la protección y aplicar la normativa legal”.
De manera contundente, este Consejo Federal expresó que “estas situaciones provocan incertidumbre tanto en las inversiones como en las autoridades ambientales, con la consiguiente inseguridad jurídica, atento a que se suspenden los mecanismos de participación que avalen esos Estudios de Impacto Ambiental”.
Finalmente, resaltan “lo establecido en la Constitución Nacional sobre reconocimiento a las provincias del dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio”, el que detallan “comprende tierra, mar, aire y subsuelo, y el dominio sobre los recursos allí comprendidos, corresponden a las provincias, lo que las habilita a percibir tributos sobre ellos y disponer la enajenación o aprovechamiento de aquellos por sí mismas o en políticas concertadas con el gobierno federal”, reza la Resolución.